¿Porqué un Nuevo Reglamento Sanitario Internacional? En el siglo XXI, el fenómeno de la globalización ha alterado la distinción tradicional entre la salud nacional y la internacional. Muy pocos eventos de salud pública urgentes son de la exclusiva competencia de las autoridades nacionales. Una de las consecuencias obvias de la globalización es el mayor riesgo de propagación internacional de las enfermedades infecciosas. Las personas y los productos están cruzando las fronteras nacionales en cantidades enormes sin precedente en la historia. Si bien algunos países todavía pueden optar por el proteccionismo extremo, la importación de las enfermedades es siempre difícil de prevenir. La repercusión transfronteriza de las enfermedades infecciosas se aborda mejor mediante iniciativas multilaterales de los países. Medidas drásticas como son la cuarentena y los embargos comerciales, aunque constituyen opciones poco viables en el mundo intercomunicado de hoy, subrayan no obstante la estrecha conexión entre el comercio y el tráfico de personas y el control de las enfermedades. La necesidad de disponer de nuevas normas y mecanismos operacionales para coordinar mejor la respuesta internacional a la propagación de enfermedades quedó claramente demostrada durante los recientes brotes de SRAS en 2003 y de gripe aviar en 2004-2005. La 58ª Asamblea Mundial de la Salud adoptó en 23 de mayo de 2005 el texto del nuevo Reglamento que pasa a ser denominado Reglamento Sanitario Internacional-2005. El Reglamento Sanitario Internacional-2005 (en adelante Reglamento-2005) es un conjunto de normas sanitarias internacionales para hacer frente a las Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII). El Reglamento-2005 tiene por finalidad “prevenir la propagación internacional de enfermedades infecciosas, proteger contra esa propagación, controlarla y darle una respuesta de salud pública evitando al mismo tiempo las interferencias con el tráfico y el comercio internacionales”. La revisión de Reglamento ha sido un proceso colaborativo. Su esencia fue examinar las lagunas del Reglamento anterior y transformarlo en un instrumento eficaz para los Estados Miembros de la OMS a fin de fortalecer la vigilancia mundial de las enfermedades y actuar con sentido de anticipación en los brotes internacionales. Para cumplir a cabalidad el compromiso asumido los Estados Miembros deberán fortalecer la infraestructura de los sistema y servicios de salud en lo que respecta a las capacidades esenciales para la detección temprana y control de riesgos y enfermedades, así como actualizar la operación de sanidad de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos tal y como se describe en el Anexo I del RSI. Muchas de las disposiciones del nuevo reglamento se basan en la experiencia obtenida y las enseñanzas extraídas por la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la comunidad mundial durante los 30 últimos años. La OPS mantendrá y ampliará la cooperación técnica en el área de trabajo de alerta y respuesta a epidemias en apoyo a las iniciativas nacionales. Para más información consulte:
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